lunes, 4 de agosto de 2008

SE PUBLICAN PARA CONSULTA PÚBLICA LAS NORMAS OFICIALES MEXICANAS 014 Y 015 PARA REGULAR LA RECARGA E INFILTRACIÓN ARTIFICIAL DE AGUA A LOS ACUIFEROS

La Ley de Aguas Nacionales declara de utilidad pública la infiltración artificial del agua para reabastecer los mantos subterráneos. Esta actividad se debe realizar conforme a las normas mexicanas correspondientes para garantizar la preservación y calidad del agua y el suelo

MÉXICO, D,F; 4 agosto 2008.- Uno de los objetivos prioritarios del Gobierno Federal en materia hídrica es desarrollar acciones permanentes para proteger la calidad del agua de los acuíferos, especialmente cuando éstos son fuente de abastecimiento de agua potable para la población.

El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 establece la necesidad de lograr un balance entre las actividades productivas y la protección del ambiente, para continuar proporcionando bienes y servicios ambientales de manera continua y sostenible en beneficio de la población y del país en general.

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